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Tenencia Fusil de pesca submarina

Ante todo paciencia porque esto cambia dia a dia, este articulo se empezó escribiendo el  2016 cuando tiendas de material deportivo no vendían arpones sin FEDERATIVA, Actualmente 2020 con licencia de pesca ya venden el arpón. Pero nos encontramos que las autoridades multan la posesión de arpones si no se está FEDERADO, creemos que por una mala interpretación de la ley de tenencia de armas 

La ley  exige para poder pescar, una licencia de pesca sub y un seguro en vigor para la práctica de la pesca sub, que puede variar dependiendo la comunidad autónoma donde se solicite. Así hay comunidades que solo piden la responsabilidad civil, mientras que en la mayoría piden responsabilidad civil + accidentes del pescador.
 

¿Qué hace falta para poder pescar? 

1. Mayor de 16 años para la practicar la pesca submarina.

2. Un Certificado Médico.

3 Necesitas un seguro de accidentes y responsabilidad civil.(dependiendo de la comunidad autónoma puede variar el tipo de seguro que te solicitan) 

4. Necesitas una Licencia de Pesca, que podrás obtener si cumples los requisitos anteriores, en cualquier delegación de la comunidad Autónoma donde lo solicites .  No confundas esta licencia de pesca, con  la licencia  federativa. Son dos cosas distintas. 

La licencia de pesca tiene carácter personal , y para que sea válida, debe ir acompañada por otro documento que identifique a su poseedor (DNI, pasaporte o carnet de conducir)

Pues  bien la ley solo establece estos requisitos para poder ejercer la práctica de la pesca-sub.

 Pero y la compra o tenencia de fusil ????  Aquí empieza el lío .

Pondremos unos antecedentes :
Segun el Artº 2 º de la ley organica 1/1992  Real decreto 137/1993  del reglamento de armas, los fusiles de pesca submarina tienen consideración categoría 7.
 

7.ª categoría:

1. Armas de inyección anestésica capaces de lanzar proyectiles que faciliten la captura o control de animales, anestesiándolos a distancia durante algún tiempo.

2. Las ballestas.

3. Las armas para lanzar cabos.

4. Las armas de sistema «Flobert».

5. Los arcos, las armas para lanzar líneas de pesca y los fusiles de pesca submarina que sirvan para disparar flechas o arpones, eficaces para la pesca y para otros fines deportivos.

6. Los revólveres o pistolas detonadoras y las pistolas lanza bengalas.

El Artº 54  punto  4  dice :

4. La adquisición de las armas de la categoría 7., 5, requerirá la acreditación ante el establecimiento vendedor y su consignación en los correspondientes libros de las respectivas tarjetas deportivas en vigor.

 

 Aquí empieza los problemas, ¿qué es una tarjeta deportiva en vigor ?….. como se consigna en los libros del vendedor,  un fusil de pesca si no tiene número de serie ?

 

Y ahora que hacemos si no tenemos tarjeta deportiva ? 

Si vas a una tienda con tu licencia de pesca y tú seguro, (Que si te acredita para pescar), en el 2016 no te vendían el fusil, si no presentas tu carnet de federado, aunque la ley no obliga a estar federado, solo dice necesitas tarjeta deportiva, que erróneamente  la asimilan a la federación.  Actualmente los comercios, con la licencia de pesca ya venden el fusil.
 
Pero ahora nos encontramos que la policía te solicita la federativa, acogiéndose al mismo artículo que hace años se acogían las tiendas, desde nuestro punto de vista erróneamente. 
 
Existen otros deportes como la caza donde existe un permiso de armas y para comprar una arma te solicitan este permiso y punto, Artº 52 Rd 137/1993.
 
El tema es que el fusil de pesca-sub, está catalogado como una arma 7/5 y no está legislado ningún tipo de permiso de arma. La ley ante la necesidad de establecer algún tipo de control para ese tipo de armas, y se limita a decir que se necesita las tarjetas deportivas en vigor, que a nuestro entender, seria un simple carnet de socio de un club o algo parecido.
 
Pues bien ahora aun y estar al corriente de todo lo que solicita la ley, tu licencia de pesca, tu seguro etc,   podremos tener problemas por la posesión de armas, según Real decreto 137/1993  del reglamento de armas por no tener una tarjeta deportiva en vigor, que desde nuestro punto de vista se asimila a la federativa erróneamente.
 
 
Esperamos que en breve se solucione. 
 
 
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